Scroll Top

Ayudas para personas trabajadoras por cuenta ajena afectadas por ERTE debido a la DANA – Decreto 17/2025, de 4 de febrero, del Consell

Atención empresas,

 

Desde la Oficina de Apoyo y Recuperación Empresarial RIBACTIVA EMPRESAS del Ayuntamiento de Riba-roja de Túria, le informamos de que, conforme a lo establecido en el Decreto 17/2025, de 4 de febrero, del Consell, se han aprobado las bases reguladoras para la concesión de ayudas dirigidas a personas trabajadoras por cuenta ajena cuyos contratos han sido suspendidos por un ERTE por fuerza mayor a causa de la DANA del pasado octubre de 2024.

 

�� IMPORTE DE LAS AYUDAS:

360 euros por persona trabajadora afectada por un ERTE por los meses de noviembre y diciembre de 2024.

(Calculado aplicando el 30% del IPREM mensual de 2024 (600 €), es decir, 180 € al mes, por los meses de noviembre y diciembre de 2024 (180 € x 2 meses = 360 €)).

 

�� BENEFICIARIOS

 

Podrán acceder a estas ayudas las personas trabajadoras por cuenta ajena que tengan reconocida la prestación de ERTE por fuerza mayor derivada de la DANA, en algún día entre el 1 y el 31 de diciembre de 2024, debido a la suspensión temporal de su contrato de trabajo.

 

�� LIQUIDACIÓN Y PAGO

 

El pago de las ayudas se realizará mediante transferencia a la cuenta bancaria que haya facilitado el SEPE como cuenta en la que la persona beneficiaria haya cobrado la prestación por parte del SEPE correspondiente al mes de diciembre de 2024

 COMPATIBILIDAD

Estas ayudas son compatibles con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, procedentes de cualquier administración o ente público o privado, nacional, de la Unión Europea o de organismos internacionales

�� SOLICITUDES

 

El procedimiento será automático y de oficio, por lo que no será necesario que las personas trabajadoras realicen ninguna solicitud.

 

Puede consultar el texto completo del decreto en el siguiente enlace: https://dogv.gva.es/datos/2025/02/10/pdf/2025_1481_es.pdf

�� MÁS INFORMACIÓN

  • 647 506 265 / 615 226 993 | info@ribactivaempresas.com

 

Quedamos a su disposición para cualquier consulta o aclaración adicional.

 

Atentamente,

Oficina de Apoyo y Recuperación Empresarial RIBACTIVA EMPRESAS.